Escribe Pedro GALVÁN
Revista Libertad, 03 de setiembre, 2023.
Según la disposición de investigación preliminar Nº 01-2023 del Ministerio Público, o más bien, la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ayacucho, de fecha 10 de julio de 2023, Clayderman Gutiérrez Santa Fe, fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de Pichari, fue denunciado por la ciudadana Janeth Espinoza Carbajal, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Cohecho Pasivo.
En la disposición de investigación preliminar, se puede leer que la denunciante Janeth Espinoza Carbajal declara que el Fiscal Claydermán Gutiérrez no sólo habría incurrido en una supuesta inconducta funcional, sino también en el supuesto delito de Cohecho pasivo y Abuso de Autoridad. Sobre el delito de Cohecho Pasivo, el artículo 393 del Código Penal sanciona al funcionario o servidor público que “acepta, recibe o solicita, directa o indirectamente donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones”.

En la misma disposición de investigación se lee también que la denunciante Espinoza Carbajal indica que la abogada Indira Farfán Oré sería la pareja sentimental o conviviente del Fiscal Clayderman Gutiérrez con quien tendría dos hijas. Según la denunciante, Farfán Oré ejercería la abogacía en Pichari de cuyo distrito judicial Gutiérrez Santa Fe es Fiscal. Por ello, Gutiérrez Santa Fe habría incurrido en una inconducta funcional. De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Ministerio Público, está prohibido que un abogado litigue en el mismo distrito judicial donde despacha un magistrado que es su conviviente o pareja.
Según la misma disposición de inicio de investigación preliminar, la denunciante Yanet Espinoza señala que, “desde que el Señor Fiscal Clayderman Gutiérrez Santa Fe ha sido designado para desempeñarse como Fiscal Adjunto en Pichari, la abogada Indira Farfán Oré comenzó a litigar en dicho lugar, y tuvo un incremento de clientes, así como la obtención de resoluciones o disposiciones fiscales favorables a sus ocasionales clientes, lo que ha ocasionado un incremento en su patrimonio” y “permitido hacerse de propiedades”.
En la investigación preliminar, la denunciante Espinoza Carbajal señala que ella había comprado un bien inmueble en Pichari el 5 de diciembre de 2022, por lo que procedió a tomar posesión de dicho inmueble, el 3 de marzo de 2023. Sin embargo, sin la presencia de un fiscal, la abogada Farfán, acompañada de dos efectivos policiales, irrumpió en la vivienda o bien inmueble de la denunciante quien había tomado posesión, y la despojaron de ella. “Cuando acudo al Ministerio Público para realizar mi denuncia (sobre el despojo), no me han atendido, menos aceptado mi denuncia”, se lee en la investigación preliminar lo denunciado por Espinoza.
Según el experimentado abogado Arturo Conga Soto, el fiscal no sólo habría cometido falta grave, sino también delito, “toda vez que habría habido circunstancias que habrían perturbado la imparcialidad del magistrado”, en la medida en que el fiscal no estaba permitido participar en el proceso judicial sobre un caso que estaba a cargo de la abogada, su pareja sentimental. “La decisión de si es delito o no lo determinará la Fiscalía Superior anticorrupción que investiga al mencionado Fiscal. Pero, en esta situación, lo que debe hacer un fiscal o un abogado, que tienen vínculos familiares entre si es apartarse del caso”, dijo el letrado.
Habría también abuso de autoridad
Eso no es todo. Según la declara la denunciante, en la investigación preliminar, ante la negativa de aceptar su denuncia por la Fiscalía, y viendo vulnerado su derecho “a la propiedad”, ella formula su queja ante Control Interno, por lo que se llevó a cabo una inspección fiscal, en la que el Fiscal Rolando Días Ramos dispuso la detención de la denunciante, “aclarando que la abogada Indira Farfán Oré participó en dicha inspección, en calidad de defensora de la parte contraria”, hecho que habría favorecido a la patrocinada de la referida abogada.

Finalmente, como es sabido, la Fiscalía Superior especializada en delitos de corrupción de funcionarios inició una investigación preliminar no sólo contra el magistrado Clayderman Gutiérrez Santa Fe, sino también contra los magistrados Juan Manuel Prado Lozano y Rolando Días Ramos, por el supuesto delito de Cohecho pasivo, debido a que estos últimos habrían tenido conocimiento de que el fiscal y su pareja estaban incurriendo en supuestas faltas graves e incluso delitos.

¿Cuál sería la sanción disciplinaria?
Para el mismo letrado Conga Soto, en caso de ser declarado culpable, si el fiscal es titular, la Fiscalía Superior especializada en delitos de corrupción de funcionarios deberá comunicar a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) sobre este hecho, para que determine la separación o no del cargo de dicho fiscal. Si el fiscal es provisional, es a la mencionada Fiscalía Superior que le compete destituir automáticamente al fiscal dando por concluida su designación, además de la investigación correspondiente ya sea administrativa o penal, en este caso.